En un esfuerzo por reducir el riesgo de los ciudadanos del estado de Nuevo Mexico contra los conductore de automovles que no tinen covertura de seguro de automovil, en Nuevo Mexico y que conducen en las avenidas,callles y autopistas del estado.
En el ano 2001 fue prmovida la ley 847 incluida y aprovada §66-5-205 NMSA 1978 para identificar a los conductore y ayudar en el cumplimiento de la ley que requiere la covertura de la responsabilidad de seguro de automovil requerida por el estado.
Click here for an English translation of this page.
La legislación ordena que la División de Vehículos
de Motor del Departamento de Impuestos e Ingresos elabore y monte una basa de datos para la
identificación del seguro (IIDB). Los agentes del Orden Público, las agencias y
las cortes del estado utilizarán la base de datos con el fin de determinar si
un vehículo particular tiene cobertura adecuada de seguro de responsabilidad.
La ley exige que la División de Vehículos de Motor administrativamente suspenda
la matricula del vehículo del infractor, si al haberle solicitado a la compañía
de seguros que presenta prueba de seguro de responsabilidad, no la presenta. A partir del 9 de octubre, le negarán o
demorarán la matrícula de su vehículo o vehículos si la información de
IIDB indica que su vehículo o vehículos
no tiene cobertura de seguro.
El motivo fundamental del programa es que si hay
menos motoristas sin seguro conduciendo vehículos en las carreteras, habrá
menos accidentes de vehículos sin seguro. El propósito del programa de
identificación del seguro es determinar
si existe fundamento razonable para creer que la persona maneja (conduce)
vehículo sin cobertura mínima de seguro responsabilidad que la ley de Nuevo
México exige.
Toda información facilitada a la Base de Datos para
la Identificación de Seguro en Nuevo México (IIDB) se mantiene en estricta
confianza.
|